Carencias

Desde hace ya varios meses el nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio ha sido blanco de ataques infundados por parte de gobernantes y políticos, quienes lo han utilizado para justificar el alza de la delincuencia y los problemas de inseguridad pública. Más de una vez han dicho que gracias al sistema acusatorio se han liberado a hordas de delincuentes peligrosos; primero dijeron que eran 12 mil y recientemente, disminuyeron el número a 10 mil.

Frente a ello, resulta urgente aclarar que dicha afirmación es engañosa, pues se manipulan los datos reportados por la Subsecretaria del Sistema Penitenciario, que se refieren a la disminución de población carcelaria, no a una liberación. La razón de este fenómeno responde a que ahora son menos personas enfrentan su proceso en la cárcel, lo cual no significa que sean exonerados o que las puertas de las prisiones se hayan abierto, lo único que quiere decir es que se aplicaron otras medidas cautelares. Además, no existen, hasta el momento, datos fidedignos que permitan sustentar la fórmula prejuiciosa de “a menos presos, mayor violencia en las calles” o viceversa.

Para entender mejor este fenómeno, es preciso explicar en qué consiste el cambio respecto a la prisión preventiva. En el anterior sistema penal se abusaba de manera sistemática de dicha figura. Como regla general, se encarcelaba a las personas antes de determinar si eran culpables o no y existía una larga lista de delitos merecedores de prisión preventiva forzosa. El juez no podía distinguir las circunstancias entre un caso y otro.

Debido a estas reglas, hoy en día, aún permanecen tras las rejas hombres y mujeres sin ser juzgados. Esto causó también un enorme problema de sobrepoblación carcelaria y descontrol en las prisiones, llegando al punto de que se tenían hasta 40 personas en una misma celda. Era un escenario dantesco.

A diferencia de lo anterior, el sistema de justicia acusatorio vigente le exige al juez que haga su trabajo y con ello asuma el rol de ponderar elementos sobre el riesgo para al final determinar si aplica o no la medida cautelar. Se mantiene un catálogo de delitos de prisión preventiva de oficio, pero es posible —sin necesidad de reforma alguna— que el juez aplique dicha figura en todos los delitos que merezcan como castigo la cárcel y se justifique que el imputado pueda escapar, sea un riesgo para el proceso, la víctima o la sociedad.

La prisión preventiva, además de ser muy costosa, no sirve para el esclarecimiento de los hechos, tampoco para evitar la impunidad y mucho menos para reparar el daño a las víctimas. Al contrario, incentiva las investigaciones mal hechas, los fiscales mal preparados y las argucias para incriminar sin motivo a un imputado, además de ser contraria a la presunción de inocencia.

En estos momentos de coyuntura política y electoral, aderezada de enojo ciudadano consecuencia de la inseguridad, debemos apostar por la consolidación del nuevo sistema de justicia penal y exigir a nuestros gobernantes hacerse responsables de sus acciones.

Lo que México necesita son soluciones de fondo: reingeniería de las instituciones de seguridad, administración y procuración de justicia, mejor investigación, así como la capacitación y evaluación efectiva de los operadores del nuevo sistema penal acusatorio. De lo contrario, no sólo tiraremos a la basura los más de 18 mil millones de pesos que se han erogado para ponerlo en marcha, sino también se perderá una oportunidad histórica de mejorar un sistema de justicia tan lastimado y tan necesario para nuestro país.