Corte rechaza que derecho de réplica sea una sanción a medios de comunicación

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el derecho de réplica no constituye una sanción para el medio de comunicación, sino un mecanismo para aclarar la información falsa o inexistente.

Durante la sesión de este miércoles, la Primera Sala del alto tribunal negó un amparo solicitado por diversas empresas de comunicación contra la Ley Reglamentaria del Artículo Sexto Constitucional en materia de derecho de réplica.

De acuerdo al caso, diversas empresas promovieron el amparo contra los preceptos señalados, pero el juez sobreseyó por una parte y por la otra negó el amparo.

Inconformes con esta resolución, las quejosas interpusieron un recurso de revisión, el cual fue remitido a este alto tribunal para los efectos de su competencia.