Importante revisar cuentas bancarias

La docente e investigadora de la Escuela Bancaria y Comercial Campus Chiapas, Irma Pérez Cancino, invitó a la población a revisar el uso que se hace de las cuentas bancarias, para no tener que sufrir consecuencias de ubicarse en una posible discrepancia fiscal prevista en la Ley del Impuesto Sobre la Rentan su artículo 91.

Esta Ley está regulada por el Código Fiscal de la Federación y ahí se establece que las personas morales y las figuras jurídicas que sean instituciones financieras y residentes en México o en el extranjero con sucursal en México, se verán inmersas en la información que los bancos tendrán que otorgar al SAT.

Pérez Cancino mencionó que la información que se deberá reportar es: razón social, nacionalidad, fecha, lugar de nacimiento, nacionalidad, domicilio, clave del RFC, CURP, el saldo de cuentas bancarias ya sean existentes o de nueva apertura, dos veces al año.

Se debe poner mayor énfasis en las cuentas cuyo monto disponible exceda los 50 mil dólares (887 mil 500 pesos), para las personas físicas y de 250 mil a 4 millones, para las personas morales.

Una de las consecuencias más importantes es la pérdida de confianza por parte de los cuentahabientes debido a que esta nueva ley los llevará a rendir cuentas con el Sistema de Administración Tributaria.

En caso que lo declarado no justifique lo que ingrese a cuentas bancarias a su nombre, o peor aún no cuenta con una actividad manifestada a la autoridad que justifique la existencia de ingresos, hay mucho porque preocuparse y ocuparse.

Por último, y como recomendación, la investigadora de la EBC exhortó a la población a que las operaciones que se realicen se hagan mediante transacciones financieras debido a que de esta forma, el pago no será considerado como un depósito como tal.