Fin de los donativos a la sociedad civil

La prohibición de canalizar recursos federales a las organizaciones civiles (OSC) cierra la puerta a donativos discrecionales del gobierno pero también afecta a grupos que realizan actividades de beneficio social y de paso pone en jaque a entidades del gobierno.

Los «donativos» que recibieron las fundaciones de las televisoras y otras organizaciones similares, generalmente por razones políticas, quedaron suspendidos. Para bien. 

Muchos años las OSC han exigido que los recursos públicos se asignen por procedimientos transparentes. Hay coincidencia con el Presidente. La discrecionalidad no es aceptable, el gobierno no debiera otorgar «donativos».

Pero hay otros afectados. Hay entidades de gobierno que usan la figura jurídica de las Asociaciones Civiles (AC) para canalizar presupuesto público regular.

La más antigua —a mi entender— son los Centros de Integración Juvenil, que han manejado presupuesto por décadas. Cuentan con clave como «Unidad Responsable» (la M7K) de la Secretaría de Salud. En 2019 se le asignaron casi 745 millones de pesos (mdp).

El Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA) también ocupa «ACs» para canalizar fondos a las entidades federativas. En 2017, el INEA canalizó casi 1,200 mdp a estas «ACs». También las asociaciones del deporte (la Federación Mexicana de Atletismo y sus pares) son «ACs». En 2017, la Comisión Nacional del Deporte (Conade) canalizó 252 mdp a estas «ACs». 

Lo mismo sucede en Cultura, que canalizó más de 995 mdp a «ACs», en el Instituto Nacional para el Desarrollo de Capacidades del Sector Rural (INCA Rural), que canalizó 314 mdp y en otras entidades.

Más de la mitad de los fondos supuestamente destinados a OSC en realidad se entregan, sin concurso ni convocatoria pública, a «ACs» que en realidad realizan actividades gubernamentales, asignadas desde el Presupuesto de Egresos de la Federación. En 2017, este tipo de ACs recibieron al menos $2,776 mdp, esto es el 57% de los supuestos apoyos económicos a OSC.

Mientras la “circular 1” esté vigente estos recursos no se podrán ejercer. Esto afectará gravemente actividades de educación de adultos, deportivas, culturales. Lo positivo es que se podrán transparentar esos presupuestos públicos y esperemos ya se elimine el uso de la figura jurídica de las «ACs» para actividades gubernamentales. 

Y también hay dos formas para que OSC autónomas puedan ejercer recursos públicos destinados a actividades con valor social. Su fundamento es la Ley de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil, que por desgracia nunca logró convertirse en política general.

Un modelo, que prioriza la corresponsabilidad, sirve para ejecutar con mayor eficiencia y calidad actividades que el gobierno debe garantizar. En este modelo, organizaciones especializadas aplican recursos públicos bajo normas y procedimientos delineados por la entidad gubernamental.

Es el caso del apoyo a los refugios para mujeres víctimas de la violencia o para atender a enfermos de VIH. Este modelo también se aplicó antes para actividades de prevención de la deserción escolar y en atención a niños en situación de calle.

El modelo es válido y eficaz si el trabajo de las OSC está bien supervisado.

El otro modelo prioriza el fomento a la participación ciudadana. Se basa en convocatorias abiertas, con procesos de dictaminación transparentes, para aportar recursos complementarios a un conjunto específico de actividades con valor social, realizadas por las OSC según sus propias metodologías. Es el caso del Programa de Coinversión Social del INDESOL. También lo aplican otras dependencias.

En ambos modelos las OSC rinden cuentas rigurosas sobre resultados y uso de fondos.

La visión política tradicional restringe los asuntos públicos a las instituciones políticas. Gobierno y partidos serían las únicas vías.

En una democracia participativa, la ciudadanía tiene múltiples maneras de incidir en lo público, incluso en decisiones de política pública y en su ejecución. Esto lo cancela la “circular no. 1”.