Piden revisión de la ley sobre violencia obstétrica

Miembros de la Federación de Médicos del estado de Chiapas señalaron que es importante que se lleve a cabo la revisión de la Ley sobre violencia obstétrica ante las graves sanciones que se contempla en contra de aquellos ginecólogos que cometan prácticas que no están avaladas dentro de las reformas aprobadas durante el Gobierno pasado.

Hernán Léon Velasco, integrante y ex presidente de esta agrupación en el estado, señaló que el problema radica en la falta de claridad en algunos preceptos sobre la atención prenatal y obstétrica que están obligados a cumplir los ginecólogos, sobre todo en lo que se refiere al método que deben emplear para llevar cabo el parto de una paciente.

“La ley dice que el parto debe de darse de pie, esto quiere decir que si a la paciente la acuestan, como ocurre hoy en día, el médico ya esta incurriendo en delito de violencia obstétrica, o en dado de hacer una cesárea de manera inmediata por algún riesgo que corra la madre o su hijo y no se le avisa previamente a la madre, el médico podría ser sancionado hasta con tres años de cárcel”, indicó.

El artículo 183 del capítulo VII Tercero del Código Penal del estado, contempla una sanción de uno a tres años de prisión a quien “altere el proceso natural mediante el uso de técnicas de aceleración, sin obtener el consentimiento voluntario, expreso e informado de la mujer”.

Dicha sanción también aplica para quien practique una cesárea, existiendo condiciones para el parto natural.

Sin embargo, para el integrante de la Federación de Médicos del estado de Chiapas, esto ponen en un estado de indefensión a los propios ginecólogos, pues recordó que en un parto natural puede haber complicaciones que pongan en peligro la vida de la madre o del infante, lo cual requiere de llevar a cabo una cesárea en el momento, lo que hoy la ley tiene totalmente prohibido.

Además de aplicar una sanción de tres años de cárcel, la ley contempla mulas por 200 días de salario mínimo, la suspensión de la profesión y el pago de la relación integral del daño.