Debido a que los legisladores de Chiapas violaron la veda electoral, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró nula una reforma para financiar la reconstrucción de los municipios afectados por los sismos de septiembre.
Durante la sesión del Pleno de la Corte los ministros declararon nulo un decreto por el que se reformó el financiamiento a partidos políticos en el estado de Chiapas para destinar recursos para la reconstrucción de los municipios afectados por los sismos de septiembre.
El decreto fue promulgado dentro del término de 90 días antes del inicio del proceso electoral en el que está prohibido hacer modificaciones sustanciales a las reglas electorales en cualquier parte del país.
Los legisladores de Chiapas indicaron en el decreto que, además del estado de emergencia en que se encontraba la entidad, la reforma era constitucional porque no se trataba de una modificación fundamental a las reglas de los comicios.
La reforma pretendía eliminar el financiamiento a los partidos políticos durante todo el tiempo de la contingencia del estado para destinar los recursos a dar apoyos a la población afectada.
El PT y el PRD promovieron acciones de inconstitucionalidad contra la reforma al afirmar que los legisladores violaron la veda electoral.
La anulación de la reforma fue aprobada por mayoría de votos al considerar que modifica un tema estructural de la elección como el financiamiento de los partidos políticos y por violar la veda electoral.
La ministra Margarita Luna Ramos votó en contra de anular la modificación al considerar que debía ser tratado como un caso de excepción como fue la emergencia de los sismos de septiembre.