Aplicarán impuestos a plataformas digitales

Sandra Carbajal, síndico de contribuyente Coparmex, dijo que luego de que el Sistema de Administración Tributaria diera a conocer que se aplicaría una nueva medida declaratoria de impuestos a partir de junio para los depósitos bancarios desde cinco mil pesos, se estaría aplicando para aquellas personas que generen ingresos a través de internet o plataformas digitales.

La especialista en temas contables indicó que está directamente relacionado con las reformas fiscales recientes, en una nueva sección que se estableció en el Impuesto Sobre la Renta.

Agregó que de manera extraoficial se denomina “impuestos digitales”, lo que significa que todos aquellos que están dentro de la actividad que se dediquen a generar con plataformas como Uber, Mercado Libre, Amazon, ventas por catálogo que estén relacionadas con plataformas digitales, ahora van a pagar impuesto.

Y es que de acuerdo a la Ley del ISR en su capítulo ll de los ingresos por actividades empresariales y profesionales, en su sección lll establece: “Pagarán impuestos las personas físicas que vendan bienes o presten servicios a través de internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares”.

Además de ello: “Las empresas que proporcionen estas plataformas tecnológicas serán las que retengan dicho impuesto, de acuerdo a disposiciones establecidas”.

En este sentido, precisó que tratándose de prestación de servicios de transporte terrestre de pasajeros y de entrega de bienes, como por ejemplo Uber, en caso de que se obtenga un monto mensual del ingreso de hasta 5 mil 500 pesos, tendrá una tasa de retención del dos por ciento con un impuesto equivalente de 110 pesos en depósitos de 5 mil 500 pesos.

En el caso de prestación de servicios de hospedaje, en un monto de hasta 5 mil 500 pesos de ingreso mensual, tendrá una tasa de retención del dos por ciento, con un impuesto de 110 pesos por depósitos de 5 mil pesos, en casos de AirBnB por ejemplo.

Precisó que es un tema que no aplica a todas las personas que realicen depósitos por esta cantidad, tampoco en depósitos por pagos de tarjetas, bienes o servicios que alcancen o superen los 5 mil pesos, además de que no se aplicará de manera inmediata.

Esta medida tiene como fin principal meter a la formalidad a estas empresas, las cuales tendrán que reportar los ingresos que están obteniendo si es el caso de choferes; si no se cuenta con el RFC dado de alta, el SAT retendrá el 16 por ciento, es decir todo el monto del IVA, de tenerlo se aplican las medidas planteadas en el Artículo 113 de esta ley.

“Lo que está claro es que la ley busca meter a la formalidad estos empleos”, concluyó.