Chiapas destaca en materia de derechos electorales

Chiapas en materia de derechos políticos y electorales de las mujeres va muy adelantado a diferencia de otras entidades del país, en las que sus reformas en materia de violencia política contra las mujeres y temas afines se quedaron cortos, al dejar pendiente temas como la paridad no electoral.

Lo anterior, lo manifestó la consultora internacional en materia de género, democracia y elecciones, María del Carmen Alanís, al agregar que incluso han habido sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que obligan a congresos locales a legislar en temas de paridad y violencia política en razón de género.

Comentó que de 40 iniciativas y 27 reformas locales, algunas se quedaron en los mínimos y otras no agregaron nada del contexto local. Chiapas iba adelantada a las reformas generales con aspectos muy importantes en sus leyes.

A pesar de ello, se trata de una importante reforma sin precedentes en el mundo, pero de nada sirve dejarla sólo en el papel, se debe combatir las simulaciones que violentan los derechos políticos electorales de las mujeres, algo que todavía prevaleció en los últimos comicios.

Señaló que debe abundarse en la distinción de competencias y colaboración entre autoridades, teniendo presente que la protección de las mujeres es el espíritu de las reformas constitucionales en materia de paridad y violencia política en razón de género; su gran avance son las medidas de protección y reparación.

Enfatizó que debe quedar perfectamente delimitada la autoridad competente para ordenar la evaluación del riesgo de la víctima, el dictado y ejecución de órdenes de protección, la competencia expresa para imponer sanciones y el catálogo de las mismas.

Como un nuevo modelo de acceso a la justicia, dijo que tutela los principios de igualdad, no discriminación y no violencia. Detiene la continuación de la conducta; repara los derechos de las víctimas; sanciona al infractor; faculta a las autoridades y dota de herramientas jurídicas para tomar medidas inmediatas en favor de las víctimas.

Dijo que las órdenes de protección en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género constituyen garantías esenciales, y quedaron previstas en las leyes generales correspondientes. Deberán ser concebidas en los contextos de la política y elecciones.

Sobre las consecuencias legales y sanciones a los perpetradores, indicó que deben ser proporcionales al daño causado a las víctimas: amonestación, remoción del cargo, revocación de candidatura, multas, destitución, inhabilitación y cárcel de dos a seis años, de las que manifestó su beneplácito siempre que sean aplicadas conforme a derecho.

Agregó que las reparaciones a las víctimas deben determinarse bajo una perspectiva de género, interculturalidad, exclusión histórica, tomando en consideración las consecuencias que la conducta ilícita género en el proyecto político de las mujeres.

La consultora María del Carmen Alanís remarcó que las reformas ponen sobre la mesa varios retos como el cambio estructural en la vida interna de los partidos, la eficacia de la implementación del nuevo modelo de acceso a la justicia, erradicar la violencia política en razón de género, voluntad política y coordinación entre autoridades.