Ordenan escrutinio de juicio por violencia política

La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (SX-TEPJF) ordenó desahogar un juicio por el agravio de violencia política por razón de género señalado por una aspirante a candidata registrada en el partido político Morena a la presidencia municipal de Venustiano Carranza.

El pleno de la Sala, en sesión virtual, decidió revocar la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas que confirmó, por razones distintas, la improcedencia de una demanda presentada ante la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de Morena a la precandidata a la alcaldía.

La Sala Regional afirmó que el Teech vulneró el derecho de acceso a la justicia de la actora, toda vez que ella cuenta con el interés jurídico para impugnar la determinación de la Comisión de Honestidad y Justicia de desechar su medio de impugnación relacionada con su registro a dicha candidatura.

Por tanto, el órgano jurisdiccional pidió el desahogo del procedimiento correspondiente con el objeto de investigar y esclarecer los hechos narrados por la actora, a fin de que sean valorados y se determine lo que en derecho corresponda.

En la misma sesión, la Sala Regional Xalapa en el expediente SX-JDC-894/2021 confirmó el acuerdo emitido por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena que declaró improcedente la queja presentada por una aspirante a candidata por la diputación del Distrito Electoral Federal 07 con cabecera en Tonalá, en contra de la postulación de dicha candidatura.

El pleno argumentó que pese a asistirle la razón respecto a que fue indebido el declarar improcedente su recurso de queja, así como que se registró en el proceso interno de selección de dicha candidatura de Morena por dicho distrito, dichos elementos resultan insuficientes para alcanzar su pretensión última de ser candidata a diputada federal.

Por último, la Sala Regional Xalapa confirmó, por una parte, la sentencia emitida por el Teech y, por otra, modificó la resolución emitida por la CNHJ de Morena relativa al proceso interno de selección de candidatos para la presidencia municipal de San Juan Cancuc.

La modificación a la resolución se dio debido a que dicho órgano partidario invalidó indebidamente el procedimiento interno a partir de la premisa de que se actualiza el escenario del registro único de candidatura y, por tanto, no se llevó a cabo la celebración de una encuesta; sin embargo, de las constancias que obran en autos se advierte que omitió verificar que la Comisión Nacional de Elecciones hiciera del conocimiento al actor demandante, por un lado, si su registro fue procedente o no, así como las razones o motivos por los cuales, en su caso, fue rechazado del registro.