En el marco de la Décimo Segunda Sesión Ordinaria, las comisionadas y el comisionado del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del estado de Chiapas (ITAIPCH) decidieron extender 15 días más la suspensión de términos para la recepción, trámite y respuesta de las solicitudes de información que formula la ciudadanía hacia los más de 300 sujetos obligados en el estado. En la sesión, el Pleno del ITAIPCH aprobó ampliar el plazo de suspensión de términos de este organismo al día 17 de septiembre del año en curso, por lo cual no correrán plazos y términos para el trámite de solicitudes de acceso a la información pública, de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales. Así como para el trámite, sustanciación y resolución de recursos de revisión, notificaciones, cumplimientos, verificaciones, medidas de apremio y sanciones; asimismo, para el trámite de denuncias por incumplimiento a las obligaciones de transparencia. Se determinó que las actividade
Amplía el ITAIPCH suspensión de términos
En el marco de la Décimo Segunda Sesión Ordinaria, las comisionadas y el comisionado del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del estado de Chiapas (ITAIPCH) decidieron extender 15 días más la suspensión de términos para la recepción, trámite y respuesta de las solicitudes de información que formula la ciudadanía hacia los más de 300 sujetos obligados en el estado. En la sesión, el Pleno del ITAIPCH aprobó ampliar el plazo de suspensión de términos de este organismo al día 17 de septiembre del año en curso, por lo cual no correrán plazos y términos para el trámite de solicitudes de acceso a la información pública, de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales. Así como para el trámite, sustanciación y resolución de recursos de revisión, notificaciones, cumplimientos, verificaciones, medidas de apremio y sanciones; asimismo, para el trámite de denuncias por incumplimiento a las obligaciones de transparencia. Se determinó que las actividade