El Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Chiapas en sesión extraordinaria, con fundamento en el Código de Organización del Poder Judicial del Estado y sensible al contexto del plan de contención contra el Covid-19, determinó extender el periodo de suspensión de actividades jurisdiccionales y administrativas del 19 de abril al 5 de mayo de 2020 en los órganos jurisdiccionales y administrativos, por lo que no correrán términos procesales de ley. De esta determinación se exceptúan los juzgados mixtos, del ramo Penal, Familiar, y de Control y Enjuiciamiento, quienes deberán establecer las guardias correspondientes para atender asuntos de carácter urgente y de término constitucional, además de la atención prioritaria para proteger a mujeres, niñas, niños y adolescentes de cualquier tipo de violencia. Asimismo, el Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia y la dirección de Tesorería, determinaron lo conducente para atender el cobro y pago de pensiones alimenticias, quedando exc
Amplía periodo de contención sanitaria
El Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Chiapas en sesión extraordinaria, con fundamento en el Código de Organización del Poder Judicial del Estado y sensible al contexto del plan de contención contra el Covid-19, determinó extender el periodo de suspensión de actividades jurisdiccionales y administrativas del 19 de abril al 5 de mayo de 2020 en los órganos jurisdiccionales y administrativos, por lo que no correrán términos procesales de ley. De esta determinación se exceptúan los juzgados mixtos, del ramo Penal, Familiar, y de Control y Enjuiciamiento, quienes deberán establecer las guardias correspondientes para atender asuntos de carácter urgente y de término constitucional, además de la atención prioritaria para proteger a mujeres, niñas, niños y adolescentes de cualquier tipo de violencia. Asimismo, el Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia y la dirección de Tesorería, determinaron lo conducente para atender el cobro y pago de pensiones alimenticias, quedando exc