Dan revés a Ley de Voluntad Anticipada

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó invalidar diversas disposiciones de la Ley de Voluntad Anticipada del Estado de Chiapas, argumentan que faltó consultar de forma previa a las personas con discapacidad, lo que vulneró el artículo 4 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. El pleno resolvió la acción de inconstitucionalidad 109/2025, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH); la Corte identificó que la norma exigía tener capacidad de ejercicio, estar en pleno uso de facultades mentales o no ser declarado legalmente incapaz para firmar este documento legal, en el que una persona puede decidir a voluntad rechazar tratamientos médicos que prolonguen innecesariamente su vida en caso de enfermedades terminales. La SCJN resaltó que en la práctica, esto excluye a las personas con discapacidad debido a que el Código Civil de Chiapas vincula de forma directa la incapacidad legal con la discapacidad física, mental o sensorial. Argumentos El mi