Los contribuyentes que tributan bajo el régimen de sueldos y salarios pueden tener una devolución del Impuesto Sobre la Renta (ISR) al presentar su declaración anual a través de las deducciones personales, que son gastos específicos que pueden facturar durante un ejercicio fiscal. El contador público certificado, René Cruz Montalvo, refiere que los asalariados tienen que ser cuidadosos al momento de cumplir con las formalidades respecto a las deducciones personales. Dichos gastos deben ser pagados con tarjetas de débito, crédito o transferencias por la persona que las presentará en su declaración anual, para que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) lo haga efectivo. Recientemente, el SAT recordó a los contribuyentes que los gastos funerarios y los bienes que se reciben por herencia son parte de los rubros que pueden ser deducibles del pago del ISR. Criterio fiscal En el caso de los gastos funerarios se puede solicitar la devolución de impuestos, siempre y cuando los montos no excedan la Unidad de
Deducibles, herencias y gastos funerarios: SAT
Los contribuyentes que tributan bajo el régimen de sueldos y salarios pueden tener una devolución del Impuesto Sobre la Renta (ISR) al presentar su declaración anual a través de las deducciones personales, que son gastos específicos que pueden facturar durante un ejercicio fiscal. El contador público certificado, René Cruz Montalvo, refiere que los asalariados tienen que ser cuidadosos al momento de cumplir con las formalidades respecto a las deducciones personales. Dichos gastos deben ser pagados con tarjetas de débito, crédito o transferencias por la persona que las presentará en su declaración anual, para que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) lo haga efectivo. Recientemente, el SAT recordó a los contribuyentes que los gastos funerarios y los bienes que se reciben por herencia son parte de los rubros que pueden ser deducibles del pago del ISR. Criterio fiscal En el caso de los gastos funerarios se puede solicitar la devolución de impuestos, siempre y cuando los montos no excedan la Unidad de