Con 16 votos a favor, seis abstenciones y 10 en contra, los diputados de la actual legislatura desecharon la iniciativa de Decreto que pretendían reformar y derogar diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal de la entidad. La iniciativa que presentó la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, tenía como propósito de eliminar un apartado del artículo 39 en su fracción VI de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas, relacionado a los requisitos que deben cumplir aquellas personas que tienen la intención de ser miembro de Ayuntamiento. La fracción VI de la citada Ley establece que para ocupar cargos en el ayuntamiento se requiere "no ser cónyuge, concubino, concubina, hermana o hermano, madre, padre, hija, hijo, o tener parentesco consanguíneo hasta el cuarto grado, así como tampoco tener parentesco por afinidad hasta el segundo grado, con el Presidente Municipal o
Desechan reforma en materia de Administración Municipal
Con 16 votos a favor, seis abstenciones y 10 en contra, los diputados de la actual legislatura desecharon la iniciativa de Decreto que pretendían reformar y derogar diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal de la entidad. La iniciativa que presentó la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, tenía como propósito de eliminar un apartado del artículo 39 en su fracción VI de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas, relacionado a los requisitos que deben cumplir aquellas personas que tienen la intención de ser miembro de Ayuntamiento. La fracción VI de la citada Ley establece que para ocupar cargos en el ayuntamiento se requiere "no ser cónyuge, concubino, concubina, hermana o hermano, madre, padre, hija, hijo, o tener parentesco consanguíneo hasta el cuarto grado, así como tampoco tener parentesco por afinidad hasta el segundo grado, con el Presidente Municipal o