El nuevo reglamento de infracciones

Dentro de las infracciones a la seguridad de la población que el Bando de policía y gobierno presentó, se deriva que los restaurantes, bares, antros, discotecas y/o cualquier otro establecimiento de esparcimiento nocturno deberán dejar de vender, expender y/o servir bebidas hasta las 02:30 horas, dichos establecimientos deberán estar desocupados y cerrados máximo a las 03:00 horas. En cuanto a las tiendas de conveniencia y/o autoservicio, abarrotes y vinaterías, tienen estrictamente prohibido vender bebidas alcohólicas después de las 23:00, reanudando la venta de alcohol a las 08:00 horas del día siguiente. Será motivo de sanción también la obstrucción de las ciclovías en las principales arterias de la ciudad y los cruceros peatonales, así como reiterar en forma excesiva el claxon de los vehículos. Queda estrictamente prohibido que camiones, tractocamiones, remolques y semiremolques de más de tres toneladas distintos a los servicios turísticos circulen en cualquiera de las calles, avenidas y/o arterias viales