Establece Suprema Corte reconocer infancias trans

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha reconocido que establecer como edad mínima los 18 años para que una persona trans pueda cambiar sus documentos personales es restrictivo porque impide el libre desarrollo de la personalidad; esto es aplicable para todo el país. Recientemente el supremo tribunal emitió una resolución a partir de una acción de inconstitucionalidad promovida en Guerrero, por la que invalidó dicho estatuto; la activista trans, Maricarmen Pereyra Vázquez, comentó que debe ser tomado como señalamiento para las entidades que no tienen una ley de identidad de género, como Chiapas. Indicó que desde el 2009 la Suprema Corte había señalado ya el derecho al libre desarrollo de la personalidad, por lo que esto debe ser garantía para que se reconozca en todo el país, aunque no haya una legislación en la materia. “Ahora será más fácil para las infancias y adolescencias trans iniciar juicios de amparos indirectos junto a sus tutores”. Identidad de género Dice que los estudios que se han