La Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) emitió la Recomendación 08/2020 para la alcaldesa Jerónima Toledo Villalobos, con el objetivo de garantizar la salud y calidad de vida de la población. Además, el equilibrio ecológico y la conservación de los ecosistemas y la biodiversidad en beneficio de la población de San Cristóbal de Las Casas, en el tema relacionado con el Rastro Municipal. Cabe destacar que esta recomendación a favor de los habitantes de San Cristóbal, para reubicar el rastro municipal y entre los puntos recomendatorios, destaca la reubicación definitiva de las instalaciones y un procedimiento de responsabilidad a servidores públicos. Esta situación está relacionada con el expediente de queja CEDH/0412/2013 sobre este tema que con antelación habían dado a conocer los habitantes de la colonia Las Rosas. De acuerdo a esta recomendación, la Ley de Salud del Estado de Chiapas, en el artículo 177 Bis, establece que el Rastro deberá estar situado a una distancia mínima de cinco kilómetros a
Exige CEDH reubicar Rastro de San Cristóbal
La Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) emitió la Recomendación 08/2020 para la alcaldesa Jerónima Toledo Villalobos, con el objetivo de garantizar la salud y calidad de vida de la población. Además, el equilibrio ecológico y la conservación de los ecosistemas y la biodiversidad en beneficio de la población de San Cristóbal de Las Casas, en el tema relacionado con el Rastro Municipal. Cabe destacar que esta recomendación a favor de los habitantes de San Cristóbal, para reubicar el rastro municipal y entre los puntos recomendatorios, destaca la reubicación definitiva de las instalaciones y un procedimiento de responsabilidad a servidores públicos. Esta situación está relacionada con el expediente de queja CEDH/0412/2013 sobre este tema que con antelación habían dado a conocer los habitantes de la colonia Las Rosas. De acuerdo a esta recomendación, la Ley de Salud del Estado de Chiapas, en el artículo 177 Bis, establece que el Rastro deberá estar situado a una distancia mínima de cinco kilómetros a