Explican esquema para declaración anual

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) aclaró que quienes solamente obtuvieron salarios de un patrón, no están obligados a presentar la declaración; si desean obtener su devolución, pueden presentarla en cualquier momento del año y no solamente en el mes de abril como se realizaba anteriormente. Implicados Detalló que esta disposición aplicará para aquellas personas que no tengan ingresos adicionales o generen intereses bancarios por más de 20 mil pesos. El SAT añadió que las personas físicas que obtengan saldo a favor menor a 50 mil pesos podrán obtener su devolución siempre y cuando hayan solicitado con anterioridad este trámite y seleccionen la misma cuenta bancaria que ya tiene registrada el SAT. Además, la podrán presentar vía telefónica si no deducen más de 25 facturas electrónicas y la firma sólo se requerirá cuando sean saldos a favor mayores de 50 mil pesos. Resaltó que a partir del 22 de marzo está disponible en el portal del SAT la aplicación con la que las personas físicas pueden presentar