Llaman a legislar a favor de mujeres víctimas de violencia

"Emitirlas en tiempo y forma representan la vida o muerte de una mujer", sostuvo la directora de Observancia, Evaluación y Monitoreo de la Política Nacional en materia de Igualdad entre Mujeres y Hombres, Gabriela Nohemi Segura Cárdenas, en la presentación del informe "Las Órdenes de Protección y el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia 2021" en la Comisión Estatal de los Derechos Humanos. En la exposición del tema, argumentó que las órdenes de protección son actos de urgente aplicación en función del interés superior de la víctima, son medidas precautorias y cautelares, intransferibles y deben otorgarse por el Ministerio Público (MP) u órganos jurisdiccionales ante un hecho de violencia. Mientras que las medidas de protección se otorgan durante la investigación de un posible delito, "bajo la más estricta responsabilidad del MP cuando se estime que el imputado tiene un riesgo eminente en contra de su seguridad, las cuales se aplican de manera supletoria, cuando se trate de un delito de violenci