Derivado de la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado, el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas aprobó este martes en sesión extraordinaria, la modificación de los lineamientos y la convocatoria para la designación de las presidencias, secretarías técnicas y consejerías de los Consejos Distritales y Municipales Electorales de este organismo para el Proceso Electoral Local Ordinario 2024. En tal sentido, se adecua la lista de personas que aspiran a cada uno de los órganos desconcentrados, siendo incluyente considerando a las personas que se autoidentifiquen desde el inicio del proceso de selección como integrantes de la población LGBT y también se aprobaron los formatos para la designación de integrantes de dichos órganos. Al respecto, el consejero Edmundo Henríquez Arellano, presidente de la Comisión Permanente de Organización Electoral, especificó que se adiciona en dichos lineamientos el criterio de diversidad sexual en el apartado IV, capítulo X, que incluye a
Modifican lineamientos para integrar Consejos Distritales
Derivado de la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado, el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas aprobó este martes en sesión extraordinaria, la modificación de los lineamientos y la convocatoria para la designación de las presidencias, secretarías técnicas y consejerías de los Consejos Distritales y Municipales Electorales de este organismo para el Proceso Electoral Local Ordinario 2024. En tal sentido, se adecua la lista de personas que aspiran a cada uno de los órganos desconcentrados, siendo incluyente considerando a las personas que se autoidentifiquen desde el inicio del proceso de selección como integrantes de la población LGBT y también se aprobaron los formatos para la designación de integrantes de dichos órganos. Al respecto, el consejero Edmundo Henríquez Arellano, presidente de la Comisión Permanente de Organización Electoral, especificó que se adiciona en dichos lineamientos el criterio de diversidad sexual en el apartado IV, capítulo X, que incluye a