Negar el reparto de utilidades no es legal

La Constitución Política de México en su artículo 123, fracción IX, establece que las y los trabajadores tendrán derecho a una participación en las utilidades de las empresas, la fecha límite para que cumplan con el pago es el 30 de mayo, de lo contrario los empleados tienen derecho a reportarlo. El licenciado en Derecho, José Manuel González Iniesta, comentó que si la empresa dice que no habrá reparto y se niega a dar a conocer su declaración de impuestos, los trabajadores pueden acudir a un tribunal laboral e interponer un juicio de amparo, o bien, ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Pago Remarcó que los trabajadores tienen el derecho de conocer el monto de utilidades que declaró la empresa ante la autoridad fiscal, correspondiente al año inmediato anterior, para poder hacer el cálculo del pago que les tocará recibir; en caso de que haya declarado sin utilidades no habrá reparto. Todavía muchos patrones ejercen malas prácticas, algunas legales y otras no. Cuando no son legales cada trabajador