Normas jurídicas no han sido suficientes

El derecho de cada persona al reconocimiento de su identidad de género está vinculado directamente a otros tres derechos: a la igualdad, al trato digno y a la no discriminación. Esto al tener un nombre conforme a la identidad de género y al libre desarrollo de la personalidad, indicó Claudia Ruiz Coutiño, visitadora general especializada en la Atención de Asuntos de la Mujer de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH). El cambio de nombre y reconocimiento a la identidad de género es un tema de derechos humanos. Dentro de todo el rubro jurídico a nivel internacional, estos derechos se encuentran protegidos para todas las personas, también desde las normas nacionales y locales. Sin embargo, todas esas disposiciones contenidas desde la Declaración Universal de Derechos Humanos o el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como la Constitución Política, no han sido suficientes. Aunque en el derecho se encuentre protegido en la práctica, hay una desigualdad que puede llegar a una discri