Pensiones en UMA son violatorias

Alfredo Barragán Ruiz, académico e investigador, expuso que el cálculo del tope máximo de pensiones jubilatorias de los trabajadores del Estado, sujetos al artículo décimo transitorio de la Ley del Issste, en donde debe determinarse con base a la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es una acción violatoria de las garantías individuales y sociales. Detalló que: "El cambiar el cálculo de pensiones de salarios mínimos a UMA, es un atropello a los tratados internacionales contraídos por la república mexicana, como el de San Salvador y Buenos Aires, en donde se estipula la obligatoriedad de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos en el ámbito de su competencia en la seguridad social de los mexicanos". Recordó que el comunicado de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aún no tiene jurisprudencia, por lo que exhortó a los interesados a asesorarse correctamente, toda vez que, una vez iniciado el trámite, la contradicción del Issste se puede impugnar dentro de