Recuerdan espacios "libres de humo"

En la entidad según la Ley de Protección Contra la Exposición al Humo de Tabaco aprobada por el Congreso local en noviembre del 2015, ninguna persona puede fumar o mantener encendido productos de tabaco en lugares públicos cerrados, sitios de trabajo cerrados, medios de transporte oficial o público, en espacios abiertos públicos o privados de concentración, de enseñanza, áreas de concurrencia, zonas de consumo o servicio de alimentos o bebidas. Sanciones Y es que los sorprendidos se pondrán a disposición de un juez, cualquier persona puede presentar una denuncia ante la autoridad; se contemplan sanciones por incumplimiento a la ley hasta por mil 500 veces el salario mínimo, así como multas desde 10 hasta cien veces el salario mínimo, clausuras y arresto contra propietario y responsables de los espacios donde se viole el estatuto. La Comisión de Salud del Congreso informó que esto son algunos de los puntos de esta ley, la cual contiene un marco jurídico de 52 artículos, incluyendo ocho transitorios, tiene como