El estatus jurídico de “sujeto de derecho público”, elimina la relación de subordinación histórica entre el Estado y las comunidades, sostuvo el coordinador General de Derechos Indígenas del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), Hugo Aguilar, sobre los alcances de la reforma al artículo 2° constitucional. En un taller organizado por la Red Defensora del Agua de Chiapas (Redach) y la asociación Cántaro Azul, el funcionario detalló los alcances de la reforma al Artículo 2° Constitucional, que reconoce a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos como sujetos de derecho público. La modificación, vigente desde el 1 de octubre de 2024, marca un hito en la autonomía de estas comunidades, permitiéndoles acceder directamente a recursos económicos y gestionar sus territorios con mayor independencia. Aguilar explicó que este estatus jurídico “Antes, las autoridades indígenas eran tratadas como particulares. Ahora, tienen reconocimiento pleno cómo interlocutores legítimos ante instituciones gubername
Reforma constitucional fortalece la gestión de recursos
El estatus jurídico de “sujeto de derecho público”, elimina la relación de subordinación histórica entre el Estado y las comunidades, sostuvo el coordinador General de Derechos Indígenas del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), Hugo Aguilar, sobre los alcances de la reforma al artículo 2° constitucional. En un taller organizado por la Red Defensora del Agua de Chiapas (Redach) y la asociación Cántaro Azul, el funcionario detalló los alcances de la reforma al Artículo 2° Constitucional, que reconoce a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos como sujetos de derecho público. La modificación, vigente desde el 1 de octubre de 2024, marca un hito en la autonomía de estas comunidades, permitiéndoles acceder directamente a recursos económicos y gestionar sus territorios con mayor independencia. Aguilar explicó que este estatus jurídico “Antes, las autoridades indígenas eran tratadas como particulares. Ahora, tienen reconocimiento pleno cómo interlocutores legítimos ante instituciones gubername