Reparto de Utilidades, un derecho laboral

Néstor Gabriel López López, investigador y docente en la Escuela Bancaria y Comercial, detalló en rueda de prensa que ninguna empresa cuyo ingreso de ganancias sea superior a 300 mil pesos, está exenta de pagar a sus empleados el reparto de utilidades. Hay por supuesto factores que inciden en que los patrones queden exentos de pagar a sus empleados la Participación de Utilidades (PTU): cuando son empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento, cuando además de eso están dedicadas a la elaboración de un producto nuevo (calificado así por la Secretaría de Economía) durante los dos primeros años de operación, y cuando estas empresas de nueva creación se dedican a la industria extractiva. Artículo 123 El Reparto de Utilidades es un derecho fundamental de todo trabajador que genere productividad a su empresa, el cual está establecido con base en el Artículo 123 constitucional. Aunque claro, también hay trabajadores que quedan exentos de recibir el pago, entre ellos, los empleados domésticos, pa