¿Ya te dieron tu reparto de utilidades?

El reparto de utilidades es un derecho de las y los trabajadores, no obstante, deben cumplirse algunos requisitos. La casa editorial Cuarto Poder, a través de la doctora en Derecho y especialista en materia laboral, Alejandra Vázquez Gurría, te comparte algunos datos para estar actualizado en el tema. Precisó que el reparto de utilidades tiene dos fechas límite de entrega: el primero para las y los trabajadores al servicio de personas morales (empresas), el cual se tiene como término el 30 de mayo; y para las y los trabajadores que prestan sus servicios a personas físicas, que tiene como fecha límite el 29 de junio de este año. Debe considerarse que el trabajador tuvo que haber laborado 60 días para la empresa. Una vez que se haya laborado dicho periodo para una empresa o persona física y hasta el momento no haya percibido lo correspondiente, tiene el derecho a alzar la voz para solicitar el reparto de utilidades. Este beneficio se da a quienes hayan laborado durante el año inmediato anterior al año en que s