Autores deben donar obras a bibliotecas públicas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que los autores entreguen sus obras a las bibliotecas del gobierno federal, siempre y cuando hayan pasado mínimo dos meses de su publicación o divulgación. El 11 de mayo, la Segunda Sala de la Corte analizó un amparo en el que se alegó que el artículo 39 de la Ley General de Bibliotecas, vigente desde julio de 2021, ocasiona un daño patrimonial y moral a los autores al obligarlos entregar ejemplares de sus obras al gobierno “dentro de los sesenta días naturales siguientes a la fecha de su edición o producción”. Sin embargo, la Corte señaló que esta obligación únicamente opera después de la publicación o divulgación de la obra de que se trate (libros, películas, discos, entre otras). “El texto de la norma no vulnera los derechos de los autores, en sus vertientes patrimoniales y morales, puesto que no los obliga a entregar las obras de su autoría al Depósito Legal previamente a que éstas sean divulgadas o publicadas sino a partir de los sesenta días de que