Aprueban revocar prisión preventiva oficiosa

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la prisión preventiva de oficio sí puede terminar luego de que exceda los dos años de duración y ser sustituida por otra medida cautelar. El criterio fue avalado por mayoría de cuatro votos en la Primera Sala de la Corte, por lo que será obligatorio para todos los jueces del país. El proyecto fue presentado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien estableció que para modificar la prisión preventiva de oficio se debe analizar la complejidad del asunto, la actividad procesal del imputado y la conducta de las autoridades. "El resultado de comprobar lo anterior será el cese de la prisión preventiva oficiosa y dará lugar, entonces, a que se debata en la audiencia la imposición de otra u otras de las medidas cautelares que prevé el artículo 155 del Código Nacional de Procedimientos Penales, todo ello conforme a lo establecido en el artículo 161 y demás aplicables de dicho código procesal", señala el proyecto. El Universal informó que