Artículo 61

El caso de los recursos financieros es en especial importante. ¿Qué hacer con las cuentas inactivas o abandonadas depositadas en una institución bancaria privada? Una primera opción es no hacer nada y dejar que las instituciones se las apropien. Así sucedía antes de que el propio sistema legal de los países generara marcos que establecieran la temporalidad y las circunstancias para que las cuentas bancarias inactivas y no reclamadas pasaran a ser propiedad del Gobierno. En España, por ejemplo, la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas establece que después de 20 años de inactividad las cuentas bancarias pasarán al Estado. En República Dominicana, también luego de 20 años de inactividad el saldo de las cuentas se transfiere, pero al Fondo de Contingencia, y el depósito no es recuperable. En Estados Unidos, una cuenta bancaria puede ser considerada como inactiva después de 12 meses de no presentar movimientos. Es decir, aunque con ciertas variaciones en su temporalidad y particularidades operati