Autos "chocolate" robados no se legalizarán

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que no podrán importarse en forma definitiva a territorio nacional los vehículos de procedencia extranjera cuando cuenten con reporte de robo, o bien, se encuentren restringidos o prohibida su circulación en el país de origen. Al dar a conocer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las reglas para la importación definitiva de vehículos usados de procedencia extranjera, informó que los agentes aduanales encargados del trámite deberán requerir al importador la presentación del documento que acredite la propiedad del vehículo, a nombre del importador o endosado a favor del mismo. Deberá cotejar la firma con la identificación oficial del endosante en caso de contar con ella, verificar que dicho documento no ostente borraduras, tachaduras, enmendaduras o cualquier otra característica que haga suponer que el mismo ha sido alterado, falsificado o no permita su lectura. Previo cotejo con el original, deberán asentar en la copia que se anexe como docume