Por unanimidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional el sistema de evaluación obligatoria para el ingreso, permanencia y promoción de los maestros previsto en la Ley General del Servicio Profesional Docente. En la sesión de este martes y con 11 votos a favor, el Pleno de la SCJN resolvió que los artículos de dicha ley que prevén la evaluación a partir de 2013, no violan el derecho humano a la estabilidad en el empleo de los maestros, mencionado como argumento para la petición de amparo del magisterio. Al proseguir con la discusión del amparo 295/2014 que presentaron 70 maestros del SNTE y la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) que se niegan a ser evaluados, los 11 ministros consideraron que debe prevalecer el principio del interés superior del menor y el interés fundamental a una educación de calidad. Los miembros del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) y de la CNTE argumentaron que la ley secundaria de la reforma del Artículo 3
Avala SCJN evaluación docente
Por unanimidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional el sistema de evaluación obligatoria para el ingreso, permanencia y promoción de los maestros previsto en la Ley General del Servicio Profesional Docente. En la sesión de este martes y con 11 votos a favor, el Pleno de la SCJN resolvió que los artículos de dicha ley que prevén la evaluación a partir de 2013, no violan el derecho humano a la estabilidad en el empleo de los maestros, mencionado como argumento para la petición de amparo del magisterio. Al proseguir con la discusión del amparo 295/2014 que presentaron 70 maestros del SNTE y la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) que se niegan a ser evaluados, los 11 ministros consideraron que debe prevalecer el principio del interés superior del menor y el interés fundamental a una educación de calidad. Los miembros del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) y de la CNTE argumentaron que la ley secundaria de la reforma del Artículo 3