La Sala Superior del Tribunal Electoral rechazó nuevamente pronunciarse sobre si el gobernador de Nuevo León, Samuel García, tiene facultad de nombrar al mandatario interino una vez que tome su licencia, al señalar que le corresponde al Congreso local. Lo anterior, al confirmar la respuesta que dio el Consejo General del INE al gobernador de Nuevo León, sobre una consulta realizada sobre su licencia al cargo. El gobernador consultó al INE sobre los plazos para solicitar licencia, así como su facultad de designar al secretario de Gobierno como interno, a lo que el INE respondió que eran hechos de realización incierta o, en su caso, era facultad del Congreso de Nuevo León. “Se estima que las respuestas de la autoridad electoral no se basaron en situaciones hipotéticas, sino que se consideró la situación real y concreta del caso, al señalarse que el escenario planteado originalmente por el actor el 25 de octubre había quedado rebasado, toda vez que la licencia referida ya fue solicitada por el peticionario y con
“Batean” consulta de Samuel García
La Sala Superior del Tribunal Electoral rechazó nuevamente pronunciarse sobre si el gobernador de Nuevo León, Samuel García, tiene facultad de nombrar al mandatario interino una vez que tome su licencia, al señalar que le corresponde al Congreso local. Lo anterior, al confirmar la respuesta que dio el Consejo General del INE al gobernador de Nuevo León, sobre una consulta realizada sobre su licencia al cargo. El gobernador consultó al INE sobre los plazos para solicitar licencia, así como su facultad de designar al secretario de Gobierno como interno, a lo que el INE respondió que eran hechos de realización incierta o, en su caso, era facultad del Congreso de Nuevo León. “Se estima que las respuestas de la autoridad electoral no se basaron en situaciones hipotéticas, sino que se consideró la situación real y concreta del caso, al señalarse que el escenario planteado originalmente por el actor el 25 de octubre había quedado rebasado, toda vez que la licencia referida ya fue solicitada por el peticionario y con