Cofepris reconoce decisión de SCJN por etiquetado

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) reconoció a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por declarar la constitucionalidad del etiquetado frontal de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas. Dicha disposición indica los productos que excedan los límites máximos de contenido energético, azúcares añadidos, grasas saturadas, sodio y demás nutrimentos críticos e ingredientes que establezcan tales disposiciones. “El pleno del máximo tribunal del país determinó que el etiquetado frontal cumple un fin constitucionalmente válido, al inhibir o desincentivar el consumo de ciertos alimentos para evitar enfermedades crónicas no transmisibles; hacer efectivo el derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, así como proteger el derecho a la salud de la población”, señaló la Cofepris en un comunicado. El etiquetado se integra por cinco sellos de advertencia en forma de octágono que, de manera clara, sencilla y visible indican cuando un producto contiene