La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó el amparo a un cónyuge inconforme por haberse declarado disuelto su matrimonio sin acreditarse causa alguna para ello, en respeto al derecho al libre desarrollo de la personalidad. Amparo Los integrantes de la Primera Sala del Alto Tribunal resolvieron de esta manera el amparo directo en revisión 5198/2016, a propuesta de la ministra Norma Lucía Piña Hernández. En el caso, la cónyuge demandó el divorcio invocando diversas causales previstas en el Código Civil del estado de Jalisco, por lo que el juez de lo familiar declaró disuelto el matrimonio con base en la acreditación de una de ellas. Contra tal determinación el cónyuge promovió un amparo directo, mismo que le fue negado y dio lugar a la promoción de esta revisión. La Primera Sala en congruencia con sus diversos precedentes y en respuesta a los agravios del recurrente insistió en que si bien el matrimonio surge de la voluntad de dos personas, esa debe persistir para cumplimentar los fines de la instit
Constitucionalidad, divorcio sin causa
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó el amparo a un cónyuge inconforme por haberse declarado disuelto su matrimonio sin acreditarse causa alguna para ello, en respeto al derecho al libre desarrollo de la personalidad. Amparo Los integrantes de la Primera Sala del Alto Tribunal resolvieron de esta manera el amparo directo en revisión 5198/2016, a propuesta de la ministra Norma Lucía Piña Hernández. En el caso, la cónyuge demandó el divorcio invocando diversas causales previstas en el Código Civil del estado de Jalisco, por lo que el juez de lo familiar declaró disuelto el matrimonio con base en la acreditación de una de ellas. Contra tal determinación el cónyuge promovió un amparo directo, mismo que le fue negado y dio lugar a la promoción de esta revisión. La Primera Sala en congruencia con sus diversos precedentes y en respuesta a los agravios del recurrente insistió en que si bien el matrimonio surge de la voluntad de dos personas, esa debe persistir para cumplimentar los fines de la instit