Defensores bilingües pueden ser intérpretes en un juicio

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los defensores públicos bilingües adscritos al Instituto Federal de Defensoría Pública, pueden ser designados como peritos prácticos en lenguas y culturas indígenas en un proceso penal. Al resolver el amparo en revisión 913/2016, la Primera Sala destacó que no existe impedimento para designar a los defensores públicos bilingües como intérpretes, cuando no sea posible encontrar un perito oficial o práctico a través de otros medios. En la sentencia, los ministros expusieron que esa designación es constitucional y legalmente posible incluso cuando el inculpado es asistido por un defensor particular. A propuesta del Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, consideraron que tal circunstancia responde a la necesidad y obligación del Estado mexicano para garantizar a las personas indígenas su derecho a una defensa adecuada. Ello no sólo resulta congruente con el mandato del Artículo 2 Constitucional, en el que se reconoce a los pueblos indígenas como par