Defensorías públicas, la puerta al acceso a la justicia

Actualmente, para poder acceder a la justicia, es decir, para poder defenderse en juicio o presentar una demanda ante juez o jueza, es indispensable contar con abogada o abogado. No se puede litigar en propio nombre y representación. Ello implica obtener los servicios de una persona profesional del derecho, que se entiende que será la garantía de acceso a una defensa efectiva. Esta condición impuesta desde las leyes no termina de ser la garantía que pretende contener el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) que, en su segundo párrafo, dice: “Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito”. Para ello, la “Federación y las entidades federativas —continúa el mismo artículo— garantizarán la existencia de un servicio de defensoría pública de calidad para la población y as