La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó el proyecto por el que se amparaba a una Organización Civil, en contra de los lineamientos para el etiquetado nutrimental de los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas. Durante la sesión de ayer, la Segunda Sala del Alto Tribunal rechazó por mayoría de cuatro votos el proyecto de los etiquetados y lo retornó a la ministra Margarita Luna Ramos. Ello significa que se hará una iniciativa diferente a la planteada por el ministro Fernando Franco González Salas, quien proponía confirmar el amparo que concedió un juez de Distrito a la organización El Poder del Consumidor en 2017, en contra de los lineamientos que deben observar los productores de alimentos y bebidas referidos. Lo anterior, para informar a los consumidores sobre el contenido de azucares añadidos en la etiqueta frontal de exhibición del producto, ya que El Poder del Consumidor considera que la actual no es entendible. La organización impugnó el Artículo 25 del Reglamento de Control Sani
Desechan proyecto sobre etiquetado
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó el proyecto por el que se amparaba a una Organización Civil, en contra de los lineamientos para el etiquetado nutrimental de los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas. Durante la sesión de ayer, la Segunda Sala del Alto Tribunal rechazó por mayoría de cuatro votos el proyecto de los etiquetados y lo retornó a la ministra Margarita Luna Ramos. Ello significa que se hará una iniciativa diferente a la planteada por el ministro Fernando Franco González Salas, quien proponía confirmar el amparo que concedió un juez de Distrito a la organización El Poder del Consumidor en 2017, en contra de los lineamientos que deben observar los productores de alimentos y bebidas referidos. Lo anterior, para informar a los consumidores sobre el contenido de azucares añadidos en la etiqueta frontal de exhibición del producto, ya que El Poder del Consumidor considera que la actual no es entendible. La organización impugnó el Artículo 25 del Reglamento de Control Sani