Edad de acusados, desde nacimiento

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que para declarar penalmente responsable a una persona, el cómputo de edad debe ser a partir de la hora exacta en que nació el presunto responsable al momento en que cometió un hecho delictivo. De esta manera, el pleno de la Primera Sala del máximo tribunal constitucional del país resolvió a favor del quejoso el amparo en revisión 805/2016, presentado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo. De ahí que ordenó juzgar como menor de edad a un joven que el día en que cumplió 18 años de edad participó en el asesinato de una chef en Monterrey. La justicia del estado de Nuevo León había juzgado como adulto al imputado, por lo que estaba sujeto a lo previsto en el Código Penal estatal, que castiga con entre 25 y 50 años de cárcel a los responsables de homicidio. Por ello, el joven promovió un amparo contra un auto de formal prisión dictado en su contra por la comisión de diversos delitos, ya que el juez de Distrito estimó que la edad del quejoso debía comp