La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) de la SCT emitió la circular CO AV-23/10 R2, la cual menciona las condiciones que los operadores deberán acatar para manipular aeronaves no tripuladas o drones. El organismo señaló que lo anterior tiene como objetivo afianzar la regulación del uso de los Sistemas de Aeronave Pilotada a Distancia (RPAS, por sus siglas en inglés), mejor conocidos como drones, de forma segura, armonizada y fluida. En un comunicado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), indicó que el documento contiene las limitaciones, leyes, reglamentos, normas federales y locales, que deben seguir los operadores en tierra, sean personas físicas o morales, y disponer de una normatividad comparable a la de las operaciones de aeronaves tripuladas. Explicó que se divide en dos vertientes: por el peso de las aeronaves y por su uso, ya sea recreativo o comercial. En el primer caso, se clasifican en tres categorías: de dos kilogramos (kg) o menos (RPAS Micro); más de dos kg y hasta 25
Emite SCT condiciones para operar drones
La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) de la SCT emitió la circular CO AV-23/10 R2, la cual menciona las condiciones que los operadores deberán acatar para manipular aeronaves no tripuladas o drones. El organismo señaló que lo anterior tiene como objetivo afianzar la regulación del uso de los Sistemas de Aeronave Pilotada a Distancia (RPAS, por sus siglas en inglés), mejor conocidos como drones, de forma segura, armonizada y fluida. En un comunicado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), indicó que el documento contiene las limitaciones, leyes, reglamentos, normas federales y locales, que deben seguir los operadores en tierra, sean personas físicas o morales, y disponer de una normatividad comparable a la de las operaciones de aeronaves tripuladas. Explicó que se divide en dos vertientes: por el peso de las aeronaves y por su uso, ya sea recreativo o comercial. En el primer caso, se clasifican en tres categorías: de dos kilogramos (kg) o menos (RPAS Micro); más de dos kg y hasta 25