Empresas deudoras no podrán cancelar su RFC ante el SAT

Las empresas con algún tipo de deuda fiscal e incluso las factureras, no podrán cancelar tan fácilmente su Registro Federal de Contribuyentes (RFC). En la Miscelánea fiscal 2021 se proponen reglas adicionales para reforzar los requisitos mínimos previos a la cancelación del registro ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Se establece que sólo dará de baja a una empresa o a un contribuyente si comprueba que cumplió con sus obligaciones fiscales o está al corriente de sus pagos. Es decir que si un contribuyente tiene alguna deuda fiscal o estuvo señalado por realizar operaciones simuladas, no podrá cancelar su RFC hasta en tanto cubra lo que debe. Se pide al Congreso tomar en cuenta que algunos contribuyentes cancelaron su RFC, pese a que presentaban inconsistencias en sus declaraciones, tenían obligaciones pendientes de cumplir. Detectó que se encontraban en la lista "negra" de factureros -que se conoce comúnmente en el medio tributario- o con alguna otra irregularidad con deudas con el fisco que