La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que las escuelas privadas no pueden retener los documentos de sus alumnos por falta de pago de colegiaturas. Por unanimidad, la Primera Sala de la Corte avaló la propuesta del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena para conceder un amparo a la madre de un menor de edad cuyos papeles fueron retenidos por el Colegio Ateneo Victoria por falta de pago. Ante el incumplimiento de las colegiaturas, la institución dio de baja al menor pero cuando su mamá acudió a recoger las calificaciones y exámenes, la escuela se los negó. La Corte consideró que este tipo de determinaciones, de retener los documentos, impide al alumno inscribirse en otra escuela y le obstaculiza su derecho de acceso a la educación. "La expulsión y baja del menor quejoso es un acto cuya generación deriva de una fuente contractual y, por tanto, se controla mediante un contenido convencional específico. Por tanto, este acto no supera el primer paso del test, ya que no se acredita el nexo entre el
Escuelas no pueden retener papeles
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que las escuelas privadas no pueden retener los documentos de sus alumnos por falta de pago de colegiaturas. Por unanimidad, la Primera Sala de la Corte avaló la propuesta del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena para conceder un amparo a la madre de un menor de edad cuyos papeles fueron retenidos por el Colegio Ateneo Victoria por falta de pago. Ante el incumplimiento de las colegiaturas, la institución dio de baja al menor pero cuando su mamá acudió a recoger las calificaciones y exámenes, la escuela se los negó. La Corte consideró que este tipo de determinaciones, de retener los documentos, impide al alumno inscribirse en otra escuela y le obstaculiza su derecho de acceso a la educación. "La expulsión y baja del menor quejoso es un acto cuya generación deriva de una fuente contractual y, por tanto, se controla mediante un contenido convencional específico. Por tanto, este acto no supera el primer paso del test, ya que no se acredita el nexo entre el