El Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en la Ciudad de México dictó sentencia dentro del recurso de revisión 458/2023 en la que se ordena a la Fiscalía General de la República (FGR) la expedición del Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (PNT) en cumplimiento con la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura (LGT). En cumplimiento de la sentencia del tribunal de alzada, el Juzgado ha ordenado a FGR publicar en 10 días hábiles el PNT. En su resolución, el Tribunal destacó que el diseño y la elaboración del Programa Nacional requieren de la participación de las autoridades competentes y de la sociedad civil y da cuenta de los esfuerzos para la conclusión del PNT, pero enfatiza que la expedición del programa es una responsabilidad exclusiva de la Fiscalía General de la República.
FGR debe garantizar prevención de la tortura
El Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en la Ciudad de México dictó sentencia dentro del recurso de revisión 458/2023 en la que se ordena a la Fiscalía General de la República (FGR) la expedición del Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (PNT) en cumplimiento con la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura (LGT). En cumplimiento de la sentencia del tribunal de alzada, el Juzgado ha ordenado a FGR publicar en 10 días hábiles el PNT. En su resolución, el Tribunal destacó que el diseño y la elaboración del Programa Nacional requieren de la participación de las autoridades competentes y de la sociedad civil y da cuenta de los esfuerzos para la conclusión del PNT, pero enfatiza que la expedición del programa es una responsabilidad exclusiva de la Fiscalía General de la República.