La prohibición para entregar bolsas de plástico, popotes y recipientes de unicel en Cancún, entró en vigor con la publicación de las reformas al Reglamento para la Prevención y Gestión de Residuos Sólidos del municipio de Benito Juárez, por lo cual comercios, restaurantes y establecimientos industriales, tienen 90 días para reducir y sustituir progresivamente los plásticos de un sólo uso. Las modificaciones al Reglamento fueron publicadas en el Periódico Oficial de Quintana Roo el 1 de julio pasado. A partir de esa fecha, la entrega de bolsas de plástico, popotes y recipientes de unicel quedará prohibida. De acuerdo con el primer artículo transitorio, se establece que, una vez publicadas las reformas en el Periódico Oficial, el gobierno municipal, encabezado por la alcaldesa, "Mara" Lezama, deberá diseñar e implementar una campaña masiva de comunicación, dirigida a los prestadores de bienes y servicios, para que, progresivamente, se frene el reparto de plásticos. La fracción VIII del artículo 48, establece -l
Iniciativa que prohibe uso de plásticos entra en vigor
La prohibición para entregar bolsas de plástico, popotes y recipientes de unicel en Cancún, entró en vigor con la publicación de las reformas al Reglamento para la Prevención y Gestión de Residuos Sólidos del municipio de Benito Juárez, por lo cual comercios, restaurantes y establecimientos industriales, tienen 90 días para reducir y sustituir progresivamente los plásticos de un sólo uso. Las modificaciones al Reglamento fueron publicadas en el Periódico Oficial de Quintana Roo el 1 de julio pasado. A partir de esa fecha, la entrega de bolsas de plástico, popotes y recipientes de unicel quedará prohibida. De acuerdo con el primer artículo transitorio, se establece que, una vez publicadas las reformas en el Periódico Oficial, el gobierno municipal, encabezado por la alcaldesa, "Mara" Lezama, deberá diseñar e implementar una campaña masiva de comunicación, dirigida a los prestadores de bienes y servicios, para que, progresivamente, se frene el reparto de plásticos. La fracción VIII del artículo 48, establece -l