Invalidan ley electoral en Oaxaca

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo 68 de la Constitución de Oaxaca por reducir a tres años el tiempo de residencia para quien aspire a ser gobernador del estado, así como toda la ley estatal de instituciones y procedimientos electorales. Por unanimidad, el pleno de la SCJN determinó que dicho precepto viola el artículo 116, fracción II de la Constitución federal, que establece un periodo de residencia efectiva de cinco años para ocupar ese cargo. Lo anterior al resolver diversas acciones de inconstitucionalidad promovidas por Acción Nacional, el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), diputados del Congreso de Oaxaca y el partido local Unidad Popular. Dichas fuerzas políticas y los legisladores impugnaron la constitucionalidad de diversos preceptos de la Constitución local en materia electoral, además de la validez del procedimiento legislativo por el que se expidió la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Oaxaca. Así, el pleno del máximo tribunal del pa