Jueza otorga amparo a deudor alimentario

Una jueza de Distrito en Tamaulipas otorgó un amparo a un deudor alimentario, a quien le embargaba 115 % de los ingresos por tres distintos juicios. Lo anterior, al considerar que se estaba excediendo su capacidad económica y no le aseguraba un mínimo para cubrir sus necesidades básicas. La jueza Yolanda Vega determinó dejar sin efectos las medidas cautelares decretadas en los juicios alimentarios y que se dicten otras en las que se salvaguarde 30 % del salario y percepciones del quejoso para garantizar el derecho a un ingreso mínimo vital. Al resolver el juicio de amparo 2192/2023, explicó que el Código de Procedimientos Civiles del Estado señala que el monto del embargo para garantizar los alimentos no puede ser inferior a 30 % ni mayor a 50 % del sueldo del deudor alimentario. No obstante, estimó incorrecto hacer una interpretación literal del Código para todos los casos, porque implicaría determinar a priori los límites mínimos y máximos para fijar la pensión. La jueza manifestó que el simple parámetro ar