La Cámara de Diputados avala la "Ley Olimpia"

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó la llamada "Ley Olimpia" que es tipificar en el Código Penal Federal el delito de "violación a la intimidad sexual", la cual castigará con una pena de tres a seis años de prisión y una multa de hasta 90 mil pesos a quien divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su conocimiento, aprobación y/o autorización. Este dictamen, enviado al Poder Ejecutivo Federal para su publicación y entrada en vigor, obtuvo 446 votos a favor y uno en contra,Se agrega que se impondrán las mismas sanciones previstas cuando las imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual que se divulguen, compartan, distribuyan o publiquen en redes sociales u otro medio no correspondan con la persona que es señalada o identificada en los mismos.