La hora de la fiscalización

Desde que el rebase de tope de gastos de campaña puede conducir a la nulidad de la elección, la fiscalización de los recursos utilizados en las campañas es parte del proceso de validación de las elecciones. La Constitución federal establece que el rebase del tope de gastos de campaña por más de un 5%, cuando la diferencia entre el primero y el segundo lugar es menor al 5% de la votación válida, constituye una falta grave y determinante que amerita la nulidad de los comicios. Según los cómputos distritales, existe un número significativo de elecciones tanto federales como locales donde la diferencia entre el primero y el segundo lugar es menor al 5% y cuya validez queda condicionada a los resultados que arroje la fiscalización. El mayor número de casos los tenemos en las elecciones de ayuntamientos con 459, incluyendo 3 alcaldías de la Ciudad de México. Luego siguen 124 diputaciones locales y 47 federales. También hay seis casos al cargo de senador de la República y dos de gobernador que caen en este supuesto.