Legalidad a justicia laboral

Con la aprobación de 17 congresos estatales, el Senado emitió la declaratoria de constitucionalidad de la reforma a los artículos 103 y 107 de la Constitución Política en materia de justicia laboral. La reforma señala que la resolución de conflictos o diferencias entre trabajadores y patrones estará a cargo de los tribunales del Poder Judicial de la Federación o de las entidades. Antes de acudir a los tribunales, los trabajadores y patrones deberán asistir a la instancia conciliatoria correspondiente. La función conciliatoria en el ámbito local, estará cargo de centros especializados, mientras que en el federal estarán a cargo de un organismo descentralizado.Los congresos que avalaron la reforma son Aguascalientes, Campeche, Coahuila y Chiapas, entre otros.