El Gobierno de la Ciudad de México modificó el protocolo para el manejo de personas fallecidas por sospecha o confirmación de covid-19, con el objetivo de agilizar los trámites. De acuerdo con las modificaciones publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad, para la autorización de los trámites de traslado, inhumación o cremación en decesos de más de 48 horas no será necesario presentar carta de estancia, carta de refrigeración, tesis de embalsamamiento o carta responsiva. Asimismo se autoriza el traslado de personas fallecidas al interior de la república mexicana o al extranjero, extremando todas las medidas de seguridad sanitaria. Para la autorización de traslados de personas fallecidas que implican tiempos prolongados, se autoriza su embalsamamiento o la aplicación de cualquier otro procedimiento de conservación, conforme al Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos.
Modifican reglas para traslado de muertos en CDMX
El Gobierno de la Ciudad de México modificó el protocolo para el manejo de personas fallecidas por sospecha o confirmación de covid-19, con el objetivo de agilizar los trámites. De acuerdo con las modificaciones publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad, para la autorización de los trámites de traslado, inhumación o cremación en decesos de más de 48 horas no será necesario presentar carta de estancia, carta de refrigeración, tesis de embalsamamiento o carta responsiva. Asimismo se autoriza el traslado de personas fallecidas al interior de la república mexicana o al extranjero, extremando todas las medidas de seguridad sanitaria. Para la autorización de traslados de personas fallecidas que implican tiempos prolongados, se autoriza su embalsamamiento o la aplicación de cualquier otro procedimiento de conservación, conforme al Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos.